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Informática Culiacán
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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SINALOA
INSCRIPCIÓN

La Inscripción será el trámite que realizará el aspirante de nuevo ingreso, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 22 del Reglamento Especial de Admisión y los requisitos además de esos serán los siguientes:

  1. El trámite deberá realizarlo ante el Departamento de Control Escolar de la Unidad Académica a la que desea ingresar;
  2. Debe haber aparecido en la lista de aceptados;
  3. Presentar original del certificado de estudios bachillerato, si es egresado de la UAS, para ingresar al siguiente nivel, podrán entregar únicamente el kárdex firmado por el Jefe de Enseñanza y el encargado de Unidad Académica correspondiente, así como una constancia de trámite, en tanto se emite el certificado por parte de la Dirección General de Servicios Escolares;
  4. Los certificados de estudio emitidos por Escuelas o Instituciones particulares, estatales y autónomas deberán ser legalizados por las autoridades de la entidad federativa de donde provenga;
  5. Los certificados de estudio de escuelas o instituciones federales o de la UNAM no requieren ser legalizados;
  6. Presentar acta de nacimiento original, reciente, y en buen estado;
  7. Presentar certificado médico expedido por la Universidad Autónoma de Sinaloa.
  8. Hoja de pago por concepto de inscripción pagada;
  9. Carta protesta.
  10. Carta de Consentimiento.
  11. Carta de asignación o localización del Número de Seguridad Social (número de afiliación) del IMSS;
  12. Tomarse la fotografía en el Departamento de Control Escolar;
  13. Para aspirantes que presenten certificados de estudios de Bachillerato de otras instituciones nacionales o extranjeras deberán anexar la hoja de pago de re-validación de estudios para que el Encargado de Control escolar realice el trámite del dictamen;
  14. Tratándose de alumnos que estudiaron en el extranjero o en instituciones nacionales que no pertenezcan al sistema educativo nacional, deberán anexar además el original del dictamen de validación emitido por la Secretaría de Educación Pública;
  15. Los demás requisitos que establezca la Unidad Académica o la convocatoria correspondiente, así como la Legislación Universitaria.